Puntos clave
- Propósito (art. 1)
- Promover, proteger y asegurar el goce pleno de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad.
- Asegurar el respeto de su dignidad inherente.
- Definiciones (art. 2)
- Introduce conceptos clave:
- Discriminación por motivos de discapacidad (incluye la denegación de ajustes razonables).
- Ajustes razonables: modificaciones necesarias que no impliquen carga desproporcionada.
- Diseño universal: productos, entornos y servicios utilizables por todas las personas.
- Introduce conceptos clave:
- Principios generales (art. 3)
- Dignidad, autonomía y vida independiente.
- No discriminación.
- Inclusión y participación plena.
- Respeto a la diversidad humana.
- Igualdad de oportunidades.
- Accesibilidad.
- Igualdad de género.
- Respeto a la evolución de los niños y niñas con discapacidad.
- Obligaciones de los Estados (art. 4)
- Adoptar leyes y políticas para eliminar la discriminación.
- Promover tecnologías de apoyo y accesibilidad.
- Involucrar activamente a las propias personas con discapacidad en la toma de decisiones.
- Igualdad y no discriminación (art. 5)
- Reconocimiento de la igualdad ante la ley.
- Prohibición de toda forma de discriminación.
- Obligatoriedad de ajustes razonables.
- Derechos específicos
- Mujeres y niñas con discapacidad: protección frente a discriminación múltiple (art. 6).
- Niños y niñas con discapacidad: derecho a expresar su opinión y protección de su interés superior (art. 7).
- Accesibilidad universal: edificios, transporte, TIC, servicios públicos (art. 9).
- Derecho a la vida independiente y a ser incluido en la comunidad (art. 19).
- Educación inclusiva en todos los niveles (art. 24).
- Salud en igualdad de condiciones (art. 25).
- Trabajo digno y accesible (art. 27).
- Protección social y nivel de vida adecuado (art. 28).
- Participación política y cultural (arts. 29 y 30).
- Mecanismos de seguimiento (arts. 33-39)
- Cada Estado debe crear organismos nacionales de supervisión.
- Se establece el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, que recibe informes periódicos de los Estados y emite recomendaciones.
En resumen: esta Convención cambia la mirada internacional hacia un modelo de derechos humanos, donde la discapacidad no es un problema individual, sino una cuestión de eliminación de barreras sociales, físicas y culturales.
