Real Decreto Legislativo 1/2013

Te resumo los puntos más importantes del Real Decreto Legislativo 1/2013, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social:

Aspectos clave de la Ley

  1. Objeto de la Ley
    • Garantizar la igualdad de oportunidades y de trato.
    • Asegurar el ejercicio efectivo de los derechos en condiciones de igualdad.
    • Regular el régimen de infracciones y sanciones para garantizar accesibilidad y no discriminación.
  2. Concepto de discapacidad
    • Se entiende como la interacción entre deficiencias permanentes y las barreras sociales que limitan la participación plena y efectiva.
  3. Principios fundamentales
    • Respeto a la dignidad y autonomía individual.
    • Vida independiente y plena participación social.
    • No discriminación e igualdad de oportunidades.
    • Accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
    • Normalización e inclusión social.
    • Igualdad entre mujeres y hombres.
    • Diálogo civil con las organizaciones representativas.
  4. Derechos reconocidos
    • Salud, educación inclusiva y gratuita, empleo digno, protección social, vida independiente, movilidad, participación cultural, deportiva y política.
    • Derechos reforzados para colectivos especialmente vulnerables (mujeres con discapacidad, infancia, personas mayores, víctimas de violencia de género, etc.).
  5. Accesibilidad y ajustes razonables
    • Los entornos, productos y servicios deben ser comprensibles y utilizables por todas las personas.
    • Se establecen plazos para la adaptación de edificios, transportes, telecomunicaciones y servicios públicos.
  6. Trabajo y empleo
    • Derecho a trabajar en igualdad de condiciones.
    • Cuota obligatoria del 2% de la plantilla en empresas de más de 50 personas trabajadoras.
    • Fomento del empleo ordinario, protegido (centros especiales de empleo, enclaves laborales) y autónomo.
  7. Protección social
    • Servicios de apoyo familiar, atención domiciliaria, centros de día, residencias, viviendas tuteladas, programas de ocio y cultura accesibles.
  8. Participación en la vida pública
    • Derecho al voto y a la participación política.
    • Impulso del Consejo Nacional de la Discapacidad y la Oficina de Atención a la Discapacidad como órganos consultivos.
  9. Régimen sancionador
    • Infracciones leves, graves y muy graves.
    • Multas de 301 € hasta 1.000.000 €.
    • Posibilidad de sanciones accesorias como exclusión de ayudas públicas.
  10. Perspectiva internacional y nacional
    • Inspirada en la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006).
    • Refundió y sustituyó leyes anteriores: LISMI (1982), LIONDAU (2003) y la Ley de Infracciones y Sanciones (2007)

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12632