Te resumo los puntos más importantes del Real Decreto Legislativo 1/2013, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social:
Aspectos clave de la Ley
- Objeto de la Ley
- Garantizar la igualdad de oportunidades y de trato.
- Asegurar el ejercicio efectivo de los derechos en condiciones de igualdad.
- Regular el régimen de infracciones y sanciones para garantizar accesibilidad y no discriminación.
- Concepto de discapacidad
- Se entiende como la interacción entre deficiencias permanentes y las barreras sociales que limitan la participación plena y efectiva.
- Principios fundamentales
- Respeto a la dignidad y autonomía individual.
- Vida independiente y plena participación social.
- No discriminación e igualdad de oportunidades.
- Accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
- Normalización e inclusión social.
- Igualdad entre mujeres y hombres.
- Diálogo civil con las organizaciones representativas.
- Derechos reconocidos
- Salud, educación inclusiva y gratuita, empleo digno, protección social, vida independiente, movilidad, participación cultural, deportiva y política.
- Derechos reforzados para colectivos especialmente vulnerables (mujeres con discapacidad, infancia, personas mayores, víctimas de violencia de género, etc.).
- Accesibilidad y ajustes razonables
- Los entornos, productos y servicios deben ser comprensibles y utilizables por todas las personas.
- Se establecen plazos para la adaptación de edificios, transportes, telecomunicaciones y servicios públicos.
- Trabajo y empleo
- Derecho a trabajar en igualdad de condiciones.
- Cuota obligatoria del 2% de la plantilla en empresas de más de 50 personas trabajadoras.
- Fomento del empleo ordinario, protegido (centros especiales de empleo, enclaves laborales) y autónomo.
- Protección social
- Servicios de apoyo familiar, atención domiciliaria, centros de día, residencias, viviendas tuteladas, programas de ocio y cultura accesibles.
- Participación en la vida pública
- Derecho al voto y a la participación política.
- Impulso del Consejo Nacional de la Discapacidad y la Oficina de Atención a la Discapacidad como órganos consultivos.
- Régimen sancionador
- Infracciones leves, graves y muy graves.
- Multas de 301 € hasta 1.000.000 €.
- Posibilidad de sanciones accesorias como exclusión de ayudas públicas.
- Perspectiva internacional y nacional
- Inspirada en la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006).
- Refundió y sustituyó leyes anteriores: LISMI (1982), LIONDAU (2003) y la Ley de Infracciones y Sanciones (2007)
